lunes, 20 de febrero de 2012

La Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (PROCOMPETENCIA). Estatuto Legal-Administrativo y Trabajos de Entrada en Vigencia.

Actualidad Regulatoria. Boletín Informativo de NPA

Por: Angélica Noboa P. anoboa@npa.com.do
Antes de adentrarnos, en los subsiguientes boletines, en una serie informativa, destinada para detallar, en forma simple y resumida, el objetivo, alcance, conductas prohibidas y sancionadas así como, atribuciones de investigación, fiscalización, juzgamiento y sanción a de la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (PROCOMPETENCIA); en esta edición, resumimos el estatuto legal-administrativo de dicha autoridad, conforme le ha sido dado por la Ley General de Defensa a la Competencia, No. 42-08, dictada el 25 de enero de 2008 y otras leyes adjetivas.
En ese mismo orden, se informa sobre los esfuerzos administrativos avanzados a la fecha por su Consejo Directivo, con el fin de habilitar a la institución, para su entrada en funcionamiento, el próximo mes de junio.
El Art. 16 de la Ley General de Defensa a la Competencia No. 42-08, promulgado en fecha 25 de enero de 2008, crea PROCOMPETENCIA, un organismo descentralizado del Estado con personalidad jurídica, plena capacidad, para adquirir derechos y contraer obligaciones y patrimonio propio e inembargable. De acuerdo con dicha disposición, tendrá independencia administrativa, técnica y financiera y estará vinculado, orgánicamente el Ministerio de Estado de Industria y Comercio. Ejercerá sus funciones con plena independencia y sometimiento al ordenamiento jurídico establecido por la presente ley y sus reglamentos y será fiscalizado por la Contraloría General de la República.
En su párrafo único el citado artículo establece además que el organismo tendrá autonomía jurisdiccional para dictar sus resoluciones por vía administrativa, de conformidad con las disposiciones establecidas en la presente ley.
Tres consecuencias importantes para las empresas, se desprenden de la citada disposición:
1. El Ministerio de Industria y Comercio, no es autoridad jerárquica superior de PROCOMPETENCIA.
2. Las actuaciones de la última no pueden ser apeladas ante el primero.
3. PROCOMPETENCIA sustituye a la justicia ordinaria en el conocimiento de acciones o quejas por vulneración del derecho de la competencia

[1] Con excepción de acciones por competencia desleal. Estas últimas podrán ser llevadas por ante los tribunales ordinarios, como explicaremos en un boletín posterior.

Según el Art. 21 de la Ley No. 42-08 para el financiamiento de sus operaciones PROCOMPETENCIA será financiada con las siguientes fuentes de recursos: Derechos de tramitación de procedimientos; recursos provenientes de la cooperación técnica internacional; presupuesto de ingresos y ley de gastos públicos; y, recursos provenientes de las sanciones prevista en la ley.

De acuerdo con las informaciones suministradas por el Lic. Luis Reyes Santos, Presidente del Consejo Directivo de la institución, en su discurso del pasado 24 de enero, el organismo ya cuenta con asignación de recursos en el Presupuesto General del Estado para el año 2012.
Asimismo informó que el Consejo Directivo logró la aprobación organizacional y descripción de cargos por parte del Ministerio de Administración Pública y también, se formuló una propuesta de escala salarial que posteriormente ha sido completadas con una normativa de política. Adicionalmente, según sus palabras, se elaboró un proyecto de inversión para fines de que fuera aprobado por el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo e incorporado al Sistema Nacional de Inversión Pública, que permitiera financiar los gastos de inversión para instalación.
Concomitantemente con estos esfuerzos, agregó el Lic. Reyes, se realizaron otras tareas orientadas a habilitar el organismo como fueron; apertura de cuenta bancaria y registro de firmas, obtención de número de Registro Nacional de Contribuyente, registro de nombre comercial, selección de logo, formulación y aprobación del lema institucional, evaluación de opciones de renta y selección de contratación de local, así como, elaboración de términos de referencia para contratar los servicios de múltiples consultores nacionales.
Asimismo, explicó el director, el Consejo ha dedicado su mayor esfuerzo a la organización y compra de equipos para la habilitación de las oficinas que temporalmente ocupan, ubicada en la calle José Amado Soler esquina Agustín Lara, 2do nivel, Local 201.
Puede visitar la página de la Comisión Nacional de Defensa a la Competencia (PROCOMPETENCIA) en el enlace http://procompetencia.gov.do/es/

8 de febrero de 2012.


The National Competition Defense Commission (PROCOMPETENCIA by its acronym in Spanish). Administrative and Legal Statute and Entry into Force Efforts.

By: Angelica Noboa P. anoboa@npa.com.do

Before going into the subsequent bulletins of a series, intended to detail, in a simple summarized manner, the objective, scope, forbidden and punishable conducts as well as powers of investigation, enforcement, prosecution and punishment of the National Competition Defense Commission (PROCOMPETENCIA), in this issue, we summarize the legal and administrative statute of this authority, as has been given by the General Competition Defense Law, number 42-08, issued on January 25, 2008 and other procedural laws.
In that sense, we report on the administrative efforts achieved to date by its Board of Directors, in order to enable the institution to start operations next June.
Article 16 of the General Competition Defense Law, number 42-08, enacted as of January 25, 2008, creates PROCOMPETENCIA, a decentralized entity of the state with legal personality, full capacity to execute rights and acquire obligations and its own indefeasible patrimony. According to that provision, it shall have administrative, technical and financial independence and will be organically attached to the Ministry of Industry and Trade. It shall exercise its functions with complete independence and submission to the legal order established by the corresponding Law and its regulations, and will be audited by the Comptroller General of the Republic.

In its sole paragraph, the Article also provides that the agency shall have jurisdictional autonomy to issue administrative resolutions, in accordance with the provisions of the law.

Three important consequences for businesses are derived from that provision:
1. The Ministry of Industry and Trade is not PROCOMPETENCIA’s hierarchic authority.
2. The actions of the latter can not be appealed to the first.
3. PROCOMPETENCIA replaces the ordinary courts in the jurisdiction of actions or claims for infringement of competition law

[2] Except for actions for unfair competition. The latter may be brought before ordinary courts, as will be explained in a subsequent bulletin.

According to Article 21 of Law No. 42-08 in order to finance its operations PROCOMPETENCIA shall be funded from the following sources: procedure fees, resources from international technical cooperation, public income budget and expenditures law, and resources from the penalties provided by the law.

According to information provided by Luis Reyes Santos, Chairman of the Board of the agency, in his speech on January 24, the agency already has resource allocations in the General Budget of the State for 2012.

He also reported that the Board obtained organizational and job descriptions approval from the Ministry of Public Administration and also formulated a wage scale proposal which was subsequently supplemented by policy regulations. Additionally, in his words, an investment project was made for the purposes of approval by the Ministry of Economy, Planning and Development and to be included in the National Public Investment System, which would finance the investment costs for installation.

Together with these efforts, Mr. Reyes said, they executed other tasks to further the enabling process of the agency, such as: opening of bank accounts and logging of signatures; obtaining their National Taxpayer Registration number; registering their trade name and logo selection; formulation and adoption of the corporate motto; rental assessment and selection of their commercial space, as well as developing terms of reference for the procurement of services of multiple national consultants.

The Chairman also explained that the Council has devoted its best efforts to the organization and purchase of equipment to furnish the offices they are temporarily occupying, which are located on the corner of the José Amado Soler and Agustin Lara Streets, 2nd level, number 201.

You can visit the website of the National Competition Defense Commission (PROCOMPETENCIA), on the following link http://procompetencia.gov.do/es/.

February 8, 2012.

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