Mediante el Decreto
No. 5-17 del Poder Ejecutivo, dictado el pasado 6 de enero de 2017, la Lcda.
Nilka E. Jansen Solano fue nombrada directora ejecutiva de la Comisión Nacional
de Defensa a la Competencia y en consecuencia, la Ley No. 42-08 entra en plena
vigencia.
Después de un
proceso de 20 años, conseguimos que la voluntad política accediera a la
necesidad de dotar al país de ese régimen vital de la función económica del
estado.
Resulta
imposible olvidar que este evento es el fruto de un arduo y prolongando
esfuerzo protagonizado por diversas personas e instituciones para llevar al
poder político hasta este día.
La tarea no
empezó en el 2008, cuando fue dictada la Ley No. 42/08, ni siquiera en 2005,
cuando a partir de la ratificación del DR-CAFTA, se encomendara su elaboración
al consultor venezolano Ignacio de León, PhD. La promoción de esta ley y el
régimen que inaugura el Decreto No. 5-17, proviene de finales de los años 90, y
es el resultado de una multiplicidad de esfuerzos desinteresados y por qué no,
legítimamente interesados también, de personas del mundo académico, técnico y
empresarial para llevar a los poderes públicos involucrados a crear esa
legislación y régimen.
La puesta en
vigencia de la Ley No. 42-08, a partir de este decreto, es una tardada
respuesta a un reclamo de la sociedad y conviene aclarar, no de todos los
sectores, puesto que también al seno de la misma, muchos preferían el status quo, mientras que un pequeño grupo
éramos acusados de proponer algo muy teórico o impropio para el modo en que se
hacen negocios en RD.
Por eso, hasta
aquellos que somos críticos por la excesiva tardanza, así como de los defectos
que contiene la propia ley, producto de esa lucha de intereses, nos corresponde
aplaudir la decisión del Presidente Danilo Medina.
Con el Decreto
No. 5-17, el Presidente Medina rompe con los cánones tradicionales del laissez faire y honra el mandato
constitucional. Es un punto de inflexión político de una importancia suprema.
Pues si bien, muchos insistíamos públicamente en la creación del régimen, otros
secretamente preferían su fracaso o la captura de sus funcionarios, para
desviar los objetivos perseguidos.
Una de las
personas con mostrada capacidad crítica, independencia y conocimiento pleno de
la dimensión de esta decisión es precisamente, la Lcda. Jansen. Lo justo en el
día de hoy, es destacar que además de las altas competencias que exhibe su hoja
de vida, ella ha sido una compromisaria seria en este difícil y largo proceso.
En la página de
Pro-Competencia fue publicada la trayectoria de la Lcda. Jansen. Sin embargo,
quisiera agregar a esos aspectos formales, otros sobre su carácter, más allá de
descripción curricular.
Nilka Jansen
formó parte de la generación de alumnos que seleccionaron de manera voluntaria
para su formación, la asignatura electiva Derecho de la Competencia. Dicha
asignatura no se enseñaba en las universidades dominicanas hasta 2003. Fue
cuando el entonces director del departamento de Derecho de la PUCMM, el Lcdo.
Flavio Dario Espinal, le dio un voto de
confianza a nuestro plan de estudios para incluir esa electiva en el pensum de licenciatura en derecho.
A partir de ese
año y hasta 2014, grupos pequeños de estudiantes, nos acompañaron en las
secciones extraordinarias de verano, donde se consiguió incluir la asignatura, para
estudiar las fuentes de un derecho que todavía ni existía en nuestro
sistema. Como maestra junto a estos
emprendedores alumnos, apostamos horas de estudio y preparación con la fe de
que algún día lograríamos que el Estado dominicano organizara el sistema de
ley, cuando ni siquiera la 42/08 había sido dictada y luego, cuando no parecía
que sería puesta en vigor.
Nilka Jansen fue
parte destacada de esa generación de estudiantes. Su compromiso se extendió en la
elección de posgrados para consolidar su formación y la participación en
labores profesionales afines, en especial en el INDOTEL.
Más
recientemente, su motivación la llevó a continuar la docencia de la cátedra de
Derecho de la Competencia en la PUCMM, ante mi salida del país hace dos años. Una
muestra del interés cívico de Nilka Jansen en promover la puesta en vigencia de
la Ley No. 42/08 fue su destacada participación en el Diplomado de Derecho de
la Competencia, que facilitamos un grupo de colegas con auspicio de la FINJUS,
donde ella presentó una acabada ponencia sobre colusión.
Al igual que lo
que pasó anteriormente con la
designación de las Lcdas. Yolanda Martínez Zarzuela y Jimena Conde Jiminián,
Nilka E. Jansen ha sido objeto de espurias críticas, provenientes de personas a
quienes no se les ha conocido durante estos 20 años ningún esfuerzo
profesional, académico o cívico para que tuviéramos el régimen que inició a
partir del pasado 6 de enero de 2017.
La opinión
política y elección de voto comentados en mensajes de Twitter, por Jansen,
Martínez, Conde u otro funcionario electo, antes ser nombrados funcionarios
públicos, forman parte de los derechos ciudadanos de cada individuo a la libre
expresión de sus ideas. Sin embargo, sobre estas designaciones lo que nos debe
importar es su independencia, integridad y capacidad para asumir las importantes
posiciones que ocupan, con visión de estado. La persona nombrada satisface esas
inquietudes, no solo por las atribuciones técnicas que posee, sino por el
manejo autónomo de su carrera profesional.
Finalmente el
nombramiento de la Lcda. Jansen es una elección que celebro, pues es una joven
mujer profesional de 31 años de edad que alcanza una destacada función pública gracias
a sus méritos, algo no demasiado frecuente en nuestro país. Viene a ocupar una
posición que equivale a la de un Procurador General de lo Económico, ya que
tiene a su cargo las facultades de investigación e instrucción de las denuncias
por prácticas anticompetitivas, así como la decisión de iniciarlas de oficio.
También la facultad de ordenar estudios e investigaciones en los distintos mercados,
con el fin de examinar las condiciones de competencia y sugerir medidas
correctivas, en especial, cuando sean encontrados indicios de prácticas
anticompetitivas.
El impacto de
sus ejecutorias en la eficiencia de los mercados y el bienestar colectivo al
frente de la Dirección Ejecutiva de Pro-Competencia, órgano de primer grado de
jurisdicción de la institución, con atribuciones sancionadoras, será elevado. Solo
nos queda felicitarla y recordarle conservar su independencia, actuar con estricto
apego a la ley y perfilar templanza emocional, sobre todo cuando lleguen los
ataques espurios que seguramente no faltarán. Enhorabuena!
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